La Caja de Previsión Técnica de Mendoza, según la Ley 7361, Artículo 38, brinda beneficios de jubilación y pensión.
La jubilación se obtiene al cumplir ciertos requisitos de edad y aportes. Hay dos tipos: la jubilación ordinaria, que requiere al menos 65 años y 10 años de aportes, y la jubilación por invalidez, para personas incapacitadas permanentemente, sin importar la edad.
Las pensiones son para familiares del afiliado fallecido y pueden ser cónyuges, convivientes, hijos, nietos y padres, bajo ciertas condiciones. El monto se calcula como el 75% de la jubilación del afiliado fallecido, con un 5% adicional por cada hijo, hasta un máximo de 5 hijos.
Nuestra Caja, ha otorgado en sus 18 años de vida un total de 866 beneficios, los cuales se dividen de la siguiente forma:
Jubilación Proporcional Reducida: 686
Pensiones: 158
Jubilaciones por Incapacidad: 21
En el último mes de octubre se otorgaron:
Jubilación Proporcional Reducida: 11
Pensiones: 5
Jubilaciones por Incapacidad: 5